Foto: Aceras I

Afortunademante no es fácil encontrar irregularidades en las calles de Lima en cuanto al irrespeto del Reglamento Nacional de Tránsito de parte de las Municipalidades.

No así es el comportamiento de las empresas privadas de construcción que, en función de satisfacer sus pautas de tiempo y logros, olvidan el respeto a las necesidades de los peatones.

¿Falta de supervisión? Seguramente, pero antetodo debería estar la conciencia de la responsabilidad social emrpesarial de los privados.

Señalo aquí dos artículos violados en este caso:

Artículo 6: Para la apertura, modificación, clausura, interrupción u ocupación de la vía pública con motivo de la ejecución de obras u otros fines, la Autoridad competente, ejerce la autorización, coordinación y supervisión.

Artículo 9: Durante la ejecución de obras en la vía pública, debe preverse un paso alterno que permita el tránsito de vehículos, personas y animales sin riesgo alguno.